Para abogados

Perito inmobiliario para tu despacho

Preparamos el dictamen pericial que necesita la demanda o la contestación, con la causa técnica de cada defecto, su valoración partida por partida y un perito que lo defiende en la vista.

Mazo de juez, balanza e informe pericial abierto sobre una mesa.

Qué aportamos

Un informe pensado para el procedimiento

Dictamen conforme a la LEC

Con el juramento de decir verdad del artículo 335.2 y la estructura que permite al juez seguir el razonamiento. Más en el dictamen pericial en la LEC.

Una sola relación de incidencias

Numeradas, con fotografía, ubicación y causa. Cada dato aparece una vez, sin contradicciones que la otra parte pueda aprovechar.

Valoración defendible

Medición y precio unitario a la vista, a precio real de mercado. Solo partidas reales y ejecutables, para que la cuantía resista el contraperitaje.

Inventario de pruebas

Todas las fotografías, vídeos y documentos referenciados en un anexo, por si se piden en la vista.

Con despachos

Cómo trabajamos con abogados

Consulta técnica previa

Nos cuentas el asunto y te decimos si hay recorrido técnico antes de encargar el informe.

Presupuesto y plazo

Alcance, precio y fecha de entrega, ajustada al plazo procesal que nos indiques.

Visita y estudio

Inspección del inmueble y revisión de la documentación del expediente.

Entrega del dictamen

En formato digital, listo para aportar con la demanda o la contestación.

Vista

Ratificación y respuesta a las preguntas de las partes y del juez.

Credenciales

Quién firma

Perito judicial

Formación de perito judicial inmobiliario, en obras de reforma y trabajos mal efectuados y en incendios y riesgos diversos.

Adherido a AEPEJU

Miembro de la Asociación Española de Peritos Judiciales.

Seguro de responsabilidad civil

Cobertura profesional de hasta 450.000 €, según las condiciones de la póliza.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos los despachos

¿Trabajáis con abogados en los informes periciales de sus clientes?

Sí. Trabajamos con despachos en reclamaciones por defectos constructivos, vicios ocultos, reformas, siniestros y valoraciones. Nos adaptamos al objeto que necesita la demanda, a los plazos procesales y al formato del dictamen, y estamos disponibles para la ratificación en juicio. Escríbenos con el caso, la documentación disponible y la fecha límite y te enviamos el presupuesto con el alcance y el plazo de entrega.

¿Cuándo se presenta el informe pericial en un juicio?

Por regla general, con la demanda o con la contestación a la demanda. Si no es posible tenerlo a tiempo, la Ley de Enjuiciamiento Civil permite anunciarlo en ese escrito y aportarlo después, en los plazos que marca la ley, normalmente antes de la audiencia previa o de la vista. Como esos plazos son cortos, lo prudente es encargar el informe en cuanto se decide reclamar, para que el abogado lo tenga antes de preparar la demanda.

¿Mi reclamación irá por juicio verbal o por juicio ordinario?

Depende sobre todo de la cuantía. Con carácter general, las reclamaciones de hasta 15.000 € se tramitan por juicio verbal, que es más rápido, y las de mayor importe por juicio ordinario, que tiene una audiencia previa y un juicio. Algunas materias tienen su propio procedimiento. La elección la hace tu abogado. Para el perito cambian sobre todo los plazos para aportar el dictamen, por eso conviene tenerlo listo pronto.

¿Podéis actuar como peritos en juzgados de otras provincias?

Sí. El perito puede actuar ante cualquier juzgado de España. Nuestra base está en Torrevieja, desde donde atendemos Alicante, Murcia, Valencia y Albacete, y en Sevilla, para Andalucía occidental. Para otras provincias, valoramos el desplazamiento para la visita y para el juicio, y en algunos casos la ratificación puede hacerse por videoconferencia si el juzgado lo autoriza. Cuéntanos el caso y te diremos la disponibilidad.

¿Se puede recusar o tachar a un perito?

Sí. Al perito designado por el juzgado se le puede recusar si concurre una causa legal, como tener interés en el asunto, haber dado antes un dictamen contrario a la parte o tener relación con alguna de ellas. Al perito de parte no se le recusa, pero se le puede tachar, es decir, poner de manifiesto circunstancias que restan valor a su imparcialidad, como el parentesco o la dependencia de una parte. El juez lo tiene en cuenta al valorar el dictamen.

¿Qué es un contraperitaje?

Es un informe pericial que analiza y rebate otro informe, por ejemplo el de la aseguradora, el de la promotora o el de la otra parte en un juicio. Revisa su método, sus mediciones y sus conclusiones y, si procede, ofrece una valoración alternativa fundamentada. Es útil cuando te presentan un informe que minimiza los defectos o los daños. Para hacerlo bien conviene inspeccionar la vivienda y no limitarse a leer el informe contrario.

¿Tienes un asunto con plazo?

Indícanos el juzgado, la materia y la fecha límite, y te confirmamos si llegamos.