Perito judicial

Perito judicial para tu vivienda

Cuando hay que reclamar, el informe tiene que aguantar el juicio. Analizamos el defecto, explicamos su causa, valoramos la reparación partida por partida y defendemos el informe ante el juez si hace falta.

Mazo de juez, balanza e informe pericial abierto sobre una mesa.

Orientación

Qué se reclama según el caso

Una primera orientación. La vía concreta y el plazo exacto los fija tu abogado.

Vicio ocultoDefecto de obra nuevaReforma mal hechaSiniestro
A quién se reclamaAl vendedorA la promotora y agentes de la obraA la empresa de reformasA la aseguradora
Norma principalCódigo CivilLey de Ordenación de la EdificaciónCódigo Civil y contratoLey de Contrato de Seguro
Plazo orientativoSeis meses desde la entrega1, 3 o 10 años de garantía y 2 para reclamarSegún la acción y el contratoSegún la póliza y la ley

El informe

Qué tiene un informe pericial nuestro

Incidencias numeradas

Cada defecto con su número, ubicación, fotografías y descripción de lo que se ve, sin adornos.

Causa técnica

Por qué se ha producido el daño y qué norma o regla de buena construcción se incumple.

Valoración partida por partida

Medición, precio unitario y total de cada reparación, a precio real de mercado. Solo lo que hay que hacer.

Dictamen

Una conclusión clara con la cifra que se reclama, firmada con el juramento de decir verdad que exige la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Credenciales

Quién firma el informe

Perito judicial

Formación de perito judicial inmobiliario, en obras de reforma y trabajos mal efectuados y en incendios y riesgos diversos.

Adherido a AEPEJU

Miembro de la Asociación Española de Peritos Judiciales.

Seguro de responsabilidad civil

Cobertura profesional de hasta 450.000 €, según las condiciones de la póliza.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el perito judicial

¿Qué es un perito judicial?

Es un profesional con conocimientos técnicos especializados que ayuda al juez a entender hechos que requieren esos conocimientos, como el origen de una grieta o el coste de reparar una reforma mal hecha. Lo hace mediante un dictamen pericial escrito y, si se le cita, explicándolo en el juicio. La Ley de Enjuiciamiento Civil exige al perito actuar con objetividad y manifestar bajo juramento o promesa que dice la verdad, tanto si lo propone una parte como si lo designa el juzgado.

¿Qué diferencia hay entre un perito de parte y un perito designado por el juzgado?

El perito de parte lo elige y paga una de las partes, y su dictamen se aporta normalmente con la demanda o con la contestación. El perito designado judicialmente lo nombra el juzgado a petición de las partes, normalmente por sorteo entre las listas de profesionales que remiten colegios y asociaciones. Los dos deben ser objetivos y el juez valora ambos dictámenes según las reglas de la sana crítica. En la práctica, la mayoría de reclamaciones por defectos de vivienda empiezan con un perito de parte.

¿Cuándo necesito un perito para mi vivienda?

Cuando tienes un conflicto que depende de una cuestión técnica: defectos de una obra nueva que la promotora no repara, vicios ocultos tras una compra, una reforma mal hecha o inacabada, un siniestro que la aseguradora valora por debajo de lo que vale, o una valoración del inmueble en una herencia o un divorcio. El informe pericial sirve primero para negociar con datos y, si no hay acuerdo, como prueba en el juzgado.

¿El informe pericial sirve si no quiero ir a juicio?

Sí, y muchas veces evita el juicio. Un dictamen sólido, con defectos documentados y valorados, cambia la negociación: la promotora, el vendedor, el industrial o la aseguradora saben que, si el caso llega al juzgado, esa prueba pesará. Es habitual que, tras recibir el informe con la reclamación, la otra parte ofrezca reparar o pagar. Por eso conviene encargarlo antes de demandar y no a última hora.

¿Quién paga al perito?

El perito de parte lo paga quien lo contrata. Si ganas el juicio y la sentencia condena en costas a la otra parte, los honorarios del perito pueden incluirse en las costas que esta debe pagarte, con los límites que establece la ley. El perito designado por el juzgado suele pedir una provisión de fondos a la parte que lo solicitó, y su coste final se reparte según lo que diga la sentencia sobre las costas.

¿Necesito abogado además de perito?

Para negociar no siempre, pero para demandar sí, salvo en reclamaciones de poca cuantía en las que la ley permite actuar sin abogado ni procurador. Incluso en esos casos, el asesoramiento de un abogado es muy recomendable. El perito y el abogado se complementan: el perito acredita los hechos técnicos y su valoración, y el abogado decide la estrategia, la acción y el plazo. Trabajamos con frecuencia con abogados y nos coordinamos con el tuyo.

¿El perito dirá lo que yo quiero aunque yo le pague?

No, y eso te protege. Un perito que dice lo que el cliente quiere oír pierde credibilidad en el juicio en cuanto el juez detecta que exagera. Nuestro trabajo es decirte con claridad qué defectos existen, cuáles son reclamables y cuánto cuesta repararlos, también cuando el resultado no es el que esperabas. Así sabes antes de demandar si tu reclamación tiene base y evitas gastos y riesgos innecesarios.

¿Trabajáis con abogados en los informes periciales de sus clientes?

Sí. Trabajamos con despachos en reclamaciones por defectos constructivos, vicios ocultos, reformas, siniestros y valoraciones. Nos adaptamos al objeto que necesita la demanda, a los plazos procesales y al formato del dictamen, y estamos disponibles para la ratificación en juicio. Escríbenos con el caso, la documentación disponible y la fecha límite y te enviamos el presupuesto con el alcance y el plazo de entrega.

Cuéntanos qué ha pasado

Con una descripción y unas fotos te decimos si el caso tiene recorrido técnico y cuánto cuesta el informe.